UVL Portuguesa
Este sábado 31 de agosto en horas de la tarde , tras la celebración de audiencias telemáticas realizadas por los tribunales con competencia antiterrorismo y las fiscalías del Ministerio Público del circuito judicial penal del área metropolitana de Caracas, fueron excarcelados 5 adolescentes (hombres) en el estado Portuguesa que están señalados de cometer actos de terrorismo en el marco de las protestas post electorales del 28 de julio.
Fuentes de tribunales confirmaron que, a solicitud de la representación fiscal, se aprueba la sustitución de la medida privativa de libertad que venia impuesta a los adolescentes de 15 y 16 años desde hace aproximadamente un mes. Los adolescentes estaban presos en los destacamentos militares 311 y 312 de la Guardia Nacional.
A este grupo se les impuso una medida cautelar prevista en el artículo 582 literales C, D y F de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) consistentes en la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado o la imputada: c. Obligación de presentarse periódicamente ante el tribunal o la autoridad que éste designe; d. Prohibición de salir, sin autorización, del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el tribunal; f. Prohibición de comunicarse con personas determinadas, siempre que no se afecte el derecho a la defensa.
No cedulado
Entre los imputados excarcelados en el estado Portuguesa por las protestas ciudadanas contra la proclamación de Nicolás Maduro se destaca el caso de un adolescente no cedulado de 16 años de edad, identificado como OJBA , quien sería juzgado por terrorismo, entre otros 3 delitos.
OJBA fue presentado en horas de la noche del martes 30 de julio ante el tribunal de control en funciones de responsabilidad penal adolescente del primer circuito judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, y pasó a un tribunal del área metropolitana de Caracas con competencia en materia de terrorismo. El tribunal habia ordenado como sitio de reclusión el destacamento 311 de la GN.
A los adolescentes excarcelados se les continuará su proceso judicial. Están investigados por los delitos de obstrucción de vías públicas (Art 357. Código Penal) , incendio de estructura de uso público (Art. 343 Código Penal), incitación al odio (Art. 20 de la Ley contra el odio convivencia y la tolerancia pacífica ) y terrorismo (Art 52 de la Ley orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo ) . Contarán con la asistencia técnica legal de la Defensoria Pública con competencia en responsabilidad penal del adolescente.
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