El retardo procesal es el terror para los hombres privados de libertad

UVL Carabobo/ Rubén Bolívar

El retardo procesal, es para muchos abogados penalistas, el mayor terror que aqueja a los privados de libertad porque éste les genera impactos en lo económico, emocional y en el desarrollo de la causa que se les sigue. Trasgrede lo establecido en el Artículo 49 de la Constitución, respecto a la celeridad procesal, lo que significa que la justicia debe ser expedita y el estado debe garantizarla. Indistintamente del caso, ya sea por delitos comunes o violencia de género, el retardo procesal crea un mundo de incertidumbre en el procesado y en su seno familiar.

Para el abogado penalista Obal José Bolívar Ydrogo, con varios años de experiencia en esta materia, el retardo procesal tiene obviamente un impacto negativo  muy significativo en un ciudadano privado de libertad, más aun si en la audiencia  preliminar o en el inicio del Juicio, el procesado aspira un cambio de medida coercitiva, claro está, dependiendo del delito cometido y por ende la pena que acarrea el mismo.  En el desarrollo del Juicio, se pudiera dar el caso de reiniciar el juicio, perdiendo todo el trabajo de abogados, fiscales y tribunales, es decir, iniciar el juicio desde cero, repetir todas las entrevistas, declaraciones, evacuación de pruebas, entre otras.

Sostuvo que detrás de cada preso, hay circunstancias diferentes; ya sea de índole económico, cultural, religioso, social o familiar.

El profesional del derecho manifestó, que un hombre privado en los Centros Penitenciarios o en las comisarías policiales o del Cicpc, Sebin, entre otras, tiene familia: madre, padre, hermanos y sobrinos. Si es casado la situación de dolor se acentúa más porque tiene esposa, hijos y hasta nietos.

Un padre o esposo preso por un delito que haya cometido o esté inculpado de un hecho punible sin perpetrarlo, repercute en el hogar. Su ausencia en la casa se percibe por la inestabilidad emocional que embarga a todos los integrantes de la familia.

El retardo procesal también acarrea una afectación en lo económico. Cuando un caso se alarga más de lo previsto o de lo contemplado según el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), equivale a más gastos para los familiares del privado de libertad.

Abogado penalista Obal José Bolívar Idrogo

El penalista Bolívar Ydrogo explicó que, más visitas a los centros de reclusión al que esté confinado la persona “equivale a un mayor gasto cuando los familiares viven fuera de la ciudad o del estado donde tienen al pariente privado de libertad”.Hay casos en que los familiares se ven en la obligación de vender vehículos, casas, joyas o cualquier objeto de valor. Algunas veces piden adelantos de prestaciones o hasta renuncian a sus trabajos para obtener dinero y honrar los compromisos del caso y otros gastos propios en estos procesos.

Otra de la variante, es que con la actual crisis económica y del sistema carcelario que atraviesa el país, hay que llevarles ropa, alimentos y hasta medicinas cuando enferman  en los calabozos.

Los efectos colaterales de los retardos van más allá de los gastos antes señalados, se extiende a presuntos pagos para que les permitan la salida  hacia los tribunales. Se dice de una “coima” por el uso de las unidades que se requieren para los traslados al tribunal que lleva el caso.  Mientras más se alargue la permanencia del preso, esto ocasiona más gastos donde muchos se benefician; pero no precisamente el preso y su familia.

En resumen, el retardo procesal es uno de los grandes enemigos y escollos a los que se enfrenta el privado de libertad en los cientos de Centros de Detención Preventivos, además de los diversos recintos carcelarios que existen en el país. “Hay una afectación emocional, económica y familiar. Incluso trae ruptura matrimonial”, puntualizó el penalista.

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