Presentación Boletín 24

En lo que va de 2020 se han generado diferentes expresiones de protestas en los calabozos venezolanos, que arreciaron a propósito de la suspensión de la visita como medida preventiva ante la expansión del Covid -19.  

Tal como indica el informe del I semestre de 2020 de Una Ventana a la Libertad para el final del primer semestre habían suspendido las visitas en el 89,7% de los 273 calabozos analizados. Es importante destacar que la alimentación y  las medicinas, en los calabozos monitoreados dependen en más de un 90% de los familiares de los detenidos. El informe expone: “también se nota un aumento importante en las protestas de los detenidos especialmente con la realización de huelgas de hambre: 1.226 (28,2%) detenidos y detenidas participaron en estas huelgas. Este último dato es muy importante porque estamos hablando de una alta participación que no habíamos visto antes de manera tan apabullante. Lo interesante es que muchas de estas protestas están vinculadas a dos temas: 1) riesgo de contagio del Covid-19 por el hacinamiento y la cantidad de detenidos con infecciones de diferentes tipos, particularmente respiratorias. Y, 2) el retardo procesal que impide la salida de muchos detenidos de los calabozos que han superado los tiempos reglamentarios para su sentencia; y algunos, que han cumplido más del 50% de la pena que le correspondería de acuerdo al delito cometido…”

El descontento de los presos y sus familiares por los costos económicos  y existenciales que les causa la falta de celeridad procesal, que cada  día se traduce a la exposición de tratos crueles, degradantes e inhumanos, caldea los ánimos dentro de los sobrepoblados CDP . En el Título I,  Capítulo II  De los Derechos, Obligaciones y Prohibiciones de las Personas Privadas de Libertad del Código Orgánico Procesal Penal, el artículo 15, numeral 16 expresa que los privados de libertad tienen derecho : “ A formular peticiones ante la autoridad competente y recibir respuesta adecuada y oportuna, a formular quejas o denuncias por vulneración de sus derechos, a denunciar excesos cometidos por funcionarios públicos o funcionarias públicas, en el ejercicio de sus funciones, y que hubieran afectado en algún modo su integridad física o moral”. Si nada de esto se cumple ¿qué alternativas tienen entonces las personas privadas de la libertad para presionar a las autoridades encargadas de garantizar su bienestar?

 Tomando en consideración el contexto de crisis carcelaria actual, las protestas  monitoreadas  en los CDP, lucen como la opción que encuentran los presos de hacer presión sobre las autoridades encargadas  para lograr que tomen  acciones concretas en torno a la vulneración de derechos a los que se ven sometidos. Esta Ventana Informativa 24 invita a nuestros lectores a explorar los motivos y particularidades de las protestas  antes, durante y después de consumadas  en  Centros de detención Preventiva del Distrito Capital, Los Valles del Tuy, y los estados Apure, Anzoátegui, Carabobo, Lara, Portuguesa y Zulia. ¿Dónde queda la responsabilidad del estado, del Poder Judicial  y de los directores de los comandos policiales?

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