Nota de Prensa: Día de la Virgen de las Mercedes

NOTA DE PRENSA

Carlos Nieto Palma: “Deben otorgar indultos a los privados de libertad que presentan enfermedades crónicas”

Hoy, Día de las Mercedes, el coordinador de UVL dijo que ante la comprobada incompetencia para atender los problemas de salud que presentan los reclusos del país es mejor enviarlos a sus hogares para que reciban atención médica adecuada o mueran en compañía de sus seres queridos

Yira Yoyotte/UVL

Este 24 de septiembre, cuando se celebra el Día de Nuestra Señora de las Mercedes, Patrona de los Presos, Carlos Nieto Palma, coordinador de Una Ventana a la Libertad, hizo un llamado urgente para que el Ejecutivo Nacional otorgue indultos o medidas humanitarias a los privados de libertad que presentan enfermedades muy graves como VIH, tuberculosis, paludismo, cáncer o desnutrición severa.

El abogado, especialista en derechos humanos, recordó que durante el primer semestre de este año, 61 privados de libertad, recluidos en los 273 centros de detención preventiva que UVL monitorea desde hace 4 años en 19 estados del pais, murieron por causas de salud. Cabe destacar que otros 57 fallecieron por causas vinculadas a hechos de violencia.

El total de muertes en estos lugares, sin contar las cárceles y centros penitenciarios del país, suma la cantidad de 118 privados de libertad que perdieron la vida encontrándose bajo custodia del Estado.

“Treinta y seis reclusos murieron de tuberculosis, 11 por problemas respiratorios, 7 por desnutrición severa, 4 por infarto, 2 por obstrucción intestinal y 1 por VIH. Todas estas muertes pudieron evitarse si estas personas hubieran recibido un indulto o una medida humanitaria que les permitiera, estando en libertad, acudir a un médico o en un caso más extremo, morir en condiciones más dignas y cerca de sus familiares”, señaló Nieto Palma.  

UVL recordó, además, que en los 248 centros de detención preventiva monitoreados hay cupo disponible solo para 7.191 personas, pero en estos lugares se encuentran 22.664 detenidos, es decir, ante la pandemia del coronavirus (COVID-19) es imposible separar a las personas enfermas del resto de la población penal.

“Es evidente que una situación así impide cualquier posibilidad de distanciamiento físico, tal como lo propone la Organización Mundial de la Salud (OMS) a efectos de evitar contagios de coronavirus y de otras enfermedades infectocontagiosas”, dijo Nieto Palma.

Un aspecto que agrava aun más la situación es que solo 6 (2,2%) de estos centros de detención preventiva poseen vehículos para realizar traslados y solo 14 (5,1%) de éstos lugares reportan tener disponibilidad de personal médico dentro de sus espacios.

Muerte en el pasillo

El pasado 7 de septiembre un joven de 24 años que se encontraba recluido desde el mes de marzo 2020 en la sede del Cicpc de la Subdelegación de Valencia, en el estado Carabobo, falleció  a consecuencia de tuberculosis.

Los familiares de este privado de libertad relataron que nunca fue llevado a la audiencia preliminar y que desde hacía varios meses al joven le costaba respirar porque, además de su padecimiento, compartía un calabozo de 2 x 2  con, por lo menos, con 60 reclusos más. 

Se conoció que el tribunal de la causa emitió un acta solicitando el traslado para un centro asistencial, pero nunca fue llevado para que recibiera atención médica y en una oportunidad, cuando se realizó una jornada médica, los galenos recomendaron tratamiento adecuado.

Con el mayor de los sacrificios los familiares de este privado de libertad adquirieron los costosos medicamentos, pero los mismos “se perdieron” en una requisa policial.

La salud del joven se deterioró aceleradamente y como su rostro se tornaba cianótico (morado) sus compañeros de prisión pidieron que lo sacaran de la celda para que lograra respirar mejor.

Ernesto Arvelo fue llevado a un pasillo cercano a las celdas y luego de agonizar cuatro días en el suelo, falleció.

El diagnóstico forense indicó desnutrición severa, insuficiencia renal, insuficiencia respiratoria aguda y tuberculosis.

“De acuerdo al artículo 43 de la CRBV el Estado debe proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil o sometidas  a su autoridad en cualquier otra forma”, recordó Carlos Nieto Palma.

Ante la delicada situación que presentan los recintos penitenciarios del país, incluyendo los centros de detención preventiva, el coordinador de UVL sugirió que en caso de los privados de libertad con VIH, desnutrición severa o tuberculosis debe proceder el otorgamiento de indultos.

“Ante la negligencia o la imposibilidad de garantizarles la vida a estos reclusos, el Estado debe tomar la decisión de otorgar indultos o las medidas humanitarias contempladas en el Código Orgánico Procesal Penal”, explicó el especialista.  

Recordó que desde el año 2017 UVL ha denunciado los innumerables casos de internos que padecen de tuberculosis o desnutrición severa. “Hemos, por ejemplo, denunciado esos casos de reclusos que comen gatos o perros ante la falta de alimentos”.

Nieto Palma indicó que así como acaban de otorgar indultos a 110 presos políticos deberían hacer lo mismo con los presos comunes.

“No es que aquellos no se lo merecían, es que es obligación del Estado preservar la vida de las personas que están bajo su custodia”, indicó. 

Qué es un Indulto?

El indulto se define  como el perdón a condonación que, en nombre de una justicia superior a la de la misma ley o impulsos de sentimientos de bondad, hace el soberano a toda o parte de la pena impuesta por un tribunal a un reo.

Es la gracia nacida de la potestad suprema, mediante la cual se concede el no cumplimiento de algún deber.

En Venezuela la concesión de indultos está contemplada en  la atribución presidencial No. 19 que se establece en el artículo 236 de la CRBV. El jefe de Estado es el único funcionario facultado para otorgarlos y no son revocables.

“En los últimos 20 años no hemos tenido conocimiento del otorgamiento de indultos o medidas humanitarias para privados de libertad con VIH u otras enfermedades crónicas”, indicó Carlos Nieto Palma.

Día de Nuestra Señora de la Merced o de las Mercedes

Este 24 de septiembre la Iglesia Católica celebra la festividad de Nuestra Señora de la Merced o de las Mercedes, Patrona de los presos.

La Virgen de la Merced o Nuestra Señora de las Mercedes es una advocación mariana venerada por los católicos de la bienaventurada Virgen María. Es equivalente también el nombre de Virgen de la Misericordia.

Una antigua tradición narra que en el año 1218 la Virgen se le apareció a San Pedro Nolasco recomendándole que fundara una comunidad religiosa dedicada a socorrer a los que eran llevados prisioneros a sitios lejanos, conocida como Orden de la Merced.

La devoción a la Virgen de la Merced se difundió muy pronto por Cataluña y de ahí al resto de España, por Francia y por Italia, a partir del Siglo XIII con la labor de redención de estos religiosos y sus cofrades. Con la evangelización de América, en la que la Orden de la Merced participó desde sus mismos inicios, la devoción se extendió y arraigó profundamente en todo el territorio americano.

Existen Patronazgos de la Virgen de las Mercedes en todo el continente americano, incluyendo las islas del Caribe como Cuba, Puerto Rico y República Dominicana. También se le honra en España, Estados Unidos y Filipinas.

En Argentina, por ejemplo, es la Patrona del Ejército de ese país, de la provincia de Tucumán, de la localidad de Granadero Gatica y de por lo menos 50 ciudades de esa nación sureña.

En Venezuela es la Patrona de varios municipios ubicados en los estados Mérida, Nueva Esparta, Yaracuy, Miranda, Falcón, Lara, Táchira y Zulia.

“En la llamada IV República se acostumbraba a otorgar indultos el Día de Nuestra Señora de las Mercedes a aquellos reclusos o reclusas que habían presentado buena conducta. Siempre había una expectativa en este sentido. También se otorgaban el Día de las Madres y sobre todo en Navidad, pero desde que Hugo Chávez llegó al poder esa política desapareció”, explicó Nieto Palma.

Prensa “Una Ventana a la Libertad (UVL)”

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