
La abogada Constitucionalista Lyli López Vásquez, quien representa el “Comité de Víctimas de la Justicia de la Víctimas Indirectas de la Tragedia de Navas Spinola”, considera que es lamentable que el fiscal 35 recién encargado pidiera el diferimiento de la audiencia, sin haber revisado las actuaciones y sin consultar con las víctimas indirectas que se encontraban en la sala ni a ella que representa el comité de víctima, que tiene la cualidad y legitimidad por la fiscalía y por el propio tribunal de acuerdo a la ley.
El citado día acudieron ante el Tribunal Cuarto de Control donde estaba fijada la audiencia preliminar sobre el caso de las 69 personas que murieron el 28 de marzo de 2018 en los calabozos de la Policía de Carabobo “y fue de mal gusto escuchar la petición del recién nombrado fiscal 35° del Ministerio Público”, dijo.
“Lamentablemente no se ha hecho el trabajo como tenía que ser. Nosotros insistimos en que se celebrara la audiencia porque estaba constituido el Tribunal y todas las partes”, refiere la abogada.
La audiencia la defirieron para el martes 03 de marzo de 2020 y; el 28 de ese mes se cumplen dos años de la muerte de 67 reclusos y de dos mujeres que estaban de visita.
“Fue suspendida lamentablemente por petición del Dr. Giussepe de la Fiscalía 35° porque quiere ubicar a las víctimas para que deleguen en el Ministerio Publico el derecho de que ellos los representen, es decir, desconociendo al Comité de víctimas, para que apoyen la acusación del Ministerio Publico cuando ya se presentó una acusación particular propia.
Después de casi dos años que ha transcurrido de esta lamentable tragedia, «porque el Ministerio Público ahora lo designa a usted, y sacaron al doctor Dixon, entonces usted quiere ubicar a las víctimas, para retardar más el proceso, preguntó la querellante.
La representante del Comité de Víctimas con documentos en manos manifestó que mediante “este escrito el Ministerio Público (MP) reconoce y le da la legitimidad al Comité de Víctimas. Nosotros consignamos el listado de las víctimas organizadas en el Comité de Víctimas y las consignamos en el Tribunal. Si no hay las notificaciones en dos años a todas las víctimas es porque ha habido un retardo procesal imputable, en este caso al MP y al tribunal, que no han tenido tiempo de revisar las actuaciones de todas las piezas y que «ñamentablemente no se hizo el trabajo como se tenía que hacer”.
«Nosotros insistimos en que se celebrara la audiencia porque estaba constituido el Tribunal y estaban todas las partes. ¿Qué queremos nosotros con esto? Que se haga justicia. Para el 03 de marzo quedó diferida la audiencia y el 28 se cumplen dos años de esa lamentable tragedia con 69 occisos. Hay dos desaparecidos que todavía las madres están esperando los cuerpos”.
Además recordó, que hay dos cuerpos esqueletizados que reposan en la morgue que no han sido reclamados.
López Vásquez afirmó que ellos como comité de víctima se organizaron como corresponde en derecho y por eso presentamos una acusación particular propia.
¿Por qué tuvimos que presentar una acusación particular propia? Porque lamentablemente el MP presentó una acusación donde solicita el cambio de calificación al determinador (Subdirector José Luis Rodríguez) de esta lamentable tragedia.
La profesional del derecho fue enfática al decir que al Subdirector de la Policía de Carabobo “después de ser imputado en la audiencia especial por homicidio calificado en grado de determinador, ahora lo acusa el ministerio publico por cómplice y nosotros pedimos en grado de determinador como corresponde en derecho por ello presentamos acusación de 135 páginas.
El Ministerio Público pidió el sobreseimiento de dos delitos que están probados allí, que son omisión al socorro y el delito de introducción de arma de fuego. “Allí está probado de que efectivamente no se prestó el debido auxilio a todos los detenidos porque consta en los informes elaborados de Protección Civil que recibieron llamada telefónica una hora después que había ocurrido el incendio”.
Además, consta también que llegó una grúa para poder abrir las puertas y sacar los cuerpos ya quemados y calcinados, añadió.
El “Comité de Víctimas de la Justicia de las Víctimas Indirectas de la Tragedia de Navas Spinola” también solicita y ratifica la solicitud que hicieron al MP para la exhumación de los cadáveres porque no confían en las actuaciones y protocolos de autopsia que coincidencialmente dicen que murieron por asfixia mecánica y por sofocación.
“Por eso precisamos, insistimos y solicitamos que se practique esa exhumación para que se esclarezcan los hechos”.
Igualmente le solicitan al doctor Tarek William Saab, Fiscal General de la República, rectifique, que nombre de nuevo al doctor Dixon Pérez Mota, quien lleva el caso desde un principio. “Él hizo todo lo concerniente para que nosotros pudiéramos obtener justicia”.
Además le dicen al FGR que “usted está en deuda con el estado Carabobo porque no tienen operativa al 100 % la Unidad contra la Vulneración de los DDHH en Carabobo, todos estos casos de violaciones graves de los DDHH, seguirán sin respuesta y el pueblo seguirá sufriendo, padeciendo las aberraciones de los funcionarios de seguridad del Estado y será imposible ejercer la acción penal correspondiente, para que se hagan las pruebas pertinentes, independiente, fuera de las que tienen que hacer los cuerpos de investigación porque no se pueden pagar ni dar el vuelto ellos mismos. No se puede obtener justicia investigando los propios cuerpos de seguridad del Estado”.
Ya casi dos años de la tragedia
El comité de víctimas advierte que la defensa técnica de los acusados pretenden alegar retardo procesal para pedir beneficios.
“Nosotros estamos pendientes que la Constitución establece taxativamente en el artículo 29: El Estado está obligado a investigar, a sancionar, condenar e indemnizar la violación de los Derechos Humanos y no prescriben ni tampoco tienen beneficio que conlleven a su impunidad”.
El diferimiento de la audiencia
“De cumplirse los dos años pretenden darle beneficios procesales, pero nosotros lo objetamos porque en este caso hay un retardo procesal imputable al propio sistema de justicia. Espero que no obtengan ningún beneficio porque la Constitución es imperativa al respecto. Cuando se trata de violación de derechos humanos no hay beneficio”.
«Ahí todas las víctimas tenían heridas de balas. También pido que reubiquen al doctor Dixon en la fiscalía 35°, es quien nos ha ayudo para que el caso avanzara. Y encargaron a otro fiscal que ni si quiera nos tomó en cuenta en la sala del tribunal.
Escrito dirigido al Fiscal Superior del MP del estado Carabobo.
Ante el nuevo diferimiento de la audiencia preliminar del caso Policarabobo, el Comité de Victimas de la Justicia y la Verdad de la Tragedia de Nava Spinola, dirigió un escrito al Fiscal Superior del estado Carabobo.
La abogada Constitucionalista Lyli López en representación del comité de víctimas expone y solicita:“El día 13 de Abril del 2018, escrito ante la Fiscalia 35 del Ministerio Publico con competencia en Protección de DDHH, donde informamos y entregamos al Ministerio Público la conformación y organización del Comité de Victimas de la Justicia y la Verdad de la Tragedia de Navas Spinola, con una serie de peticiones y planteamientos relacionados con el caso.
En fecha 24 de abril del 2018, nuevamente acudimos a la fiscalía 35 a ratificar nuestro escrito y peticiones.
Posteriormente en fecha 14 de junio del 2018, acudimos a esta fiscalía superior en virtud de que no teníamos respuesta de nuestras peticiones en especial la denuncia de las dos familiares de los aun desaparecidos cuerpos, escrito que reposa en este despacho fiscal.
Luego de más de un año sin recibir respuesta de nuestras peticiones, la Fiscalía 35° me realiza llamada telefónica para que acuda a la fiscalía, a los fines de informarnos los adelantos en torno al caso y reconocer la legitimidad del Comité de Victimas, en tal sentido tenemos acceso a las actas y nos informa de que está fijada la audiencia preliminar, para que nos hagamos parte en el proceso, como en efecto lo hicimos.
Posteriormente en fecha 09/09/2019 presentamos escrito a la Fiscalía 35° solicitando en forma urgente que se remitieran las copias de todas las actuaciones faltantes al Tribunal Cuarto de Control quien lleva el caso de la Tragedia de Navas Spinola, y así se hizo.
Luego en fecha 13/09/2019, el Comité de Victimas y parte de las victimas presentamos Acusación Particular Propia.
Así mismo en fecha 05 de Noviembre del 2019, acudimos nuevamente a la Fiscalía 35° a solicitar la exhumación de varios cadáveres, a los fines de seguir avanzando en la búsqueda de la verdad y la justicia, como consecuencia de la reunión llevada a cabo en la Fiscalía Superior del Estado Carabobo, el día 24 de septiembre del 2019, en virtud de la falta de certeza acerca de las reales causas en que murieron las victimas (occisos) debido a las condiciones en que se practicaron las autopsias, que coincidencialmente concluyeron todas en que la causa de la muerte fue por asfixia mecánica por sofocación y en la forma en que se realizaron las inhumaciones, no habrían cumplido con los protocolos del caso, comprometiendo las resultas con la investigación iniciada con los hechos, a estos efectos familiares destacan que las causas de la muertes fueron otras.
En tal sentido, las víctimas indirectas solicitaron la exhumación de sus familiares:
JOSÉ GREGORIO CARRERA. V-22.311.795 (Occiso) Se presume impacto de proyectil disparado por arma de fuego en el tórax.(Occiso) Se presume impacto de proyectil disparado por arma de fuego en el cráneo y en la pierna derecha.
ALIX EDUARDO DÍAZ ROJAS V-20.697.731. (Occiso) Se presume impacto de proyectil disparado por arma de fuego en la cabeza.
ARCÁNGEL DE JESÚS SÁNCHEZ GIL V-7.438.966. (Occiso) Se presume impacto de proyectil disparado por arma de fuego en el ojo izquierdo.
YARZA DUARTE KENNEDI ALEJANDRO V-27.854.682 (Occiso) Se presume impacto de bala en el pecho y en la frente.
YOHAN RAFAEL MANZANILLA ACOSTA V-26.960.390 (Occiso) Se presume impacto de bala lado lateral de la pierna izquierda.
WILSON DANIEL SARMIENTO CALDERA V-28.203.250 (Occiso) Se presume impacto de proyectil disparado por arma de fuego al lado derecho del cuello.
MADERSON ALEXANDER LANDAETA RODRIGUEZ V-24.904.099.(Occiso) Se presume dos impactos de proyectil disparado por arma de fuego en el rostro.
ENDRUBER JAVIER TORRES PASTRAN V-19.860.850.(Occiso) Se presume impacto de proyectil disparado por arma de fuego en el rostro.
Finalmente el día 21/01/2020, ratificamos nuestra petición, pero ese día fue removido del cargo el Dr. Dixon Pérez Mota, quien fue un gran apoyo y colaborador importante para el Comité de Victimas y con quien logramos avances importantes en el caso, pedimos sea reconsiderada su remoción del cargo.
Es el caso, ciudadano Fiscal Superior, el día 30 de enero del 2020, todas nuestras luchas se ven amenazadas. Por cuanto teníamos fijada audiencia preliminar para la 1:00 de la tarde, y estaba constituido el tribunal, se encontraban todas las partes y una representación del Comité de Victimas, cuando nos quedamos sorprendidos en la intervención del Dr. Guisseppe en compañía del fiscal 34° Nacional Dr. Henry Sánchez, este último quien fuera fiscal 62° nacional y suscribió la acusación de las cuales tenemos profundas diferencias, solicitaron el diferimiento de la causa para el día 3 de marzo a la 1:00 pm, sin informarnos de esa petición a pesar de que en horas de la mañana acudí a la fiscalía para coordinar nuestras acciones y no fui atendida por el nuevo fiscal 35°, ya que se encontraba ocupado en la otra fiscalía que tiene a su cargo también.
Estamos profundamente preocupados por esta conducta del fiscal 35° de no reconocer la Legitimidad del Comité de Víctimas, lo cual es un paso importante en materia de DDHH en el país, para ir avanzando y darle impulso al proceso como lo hicimos, representando a las víctimas y el hecho de haber presentado una Acusación Particular Propia (cosa que ninguna ONG de DDHH casi nunca hace) es un gran avance que nos permitió señalar hechos, circunstancias y delitos que el Tribunal debe resolver en la Audiencia Preliminar.
Finalmente, la justicia como Valor supremo del Ordenamiento Jurídico, conforme lo dispone taxativamente los artículos 2, 26, 29 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el estado de derecho tiene como fin que se cumpla la justicia y por lo tanto, el propio texto fundamental ha establecido que el proceso, no es más que un instrumento para alcanzar la justicia. No se sacrifica la justicia por la omisión de formalidades no esenciales”.
Hablan los familiares Nelly Cecilia Guerrero: “Hemos sido humillados y amenazados para que nos callemos la boca. Muchos familiares se han ido por miedo, por temor a perder la vida. Pero somos más de 40 personas que estamos al pie del cañón que no hemos descansado para que las investigaciones vayan hasta donde tengan que llegar. Por eso nos organizamos en el Comité de Victimas para de la Dra. Lyli Lopez nos represente y lo siga haciendo. Yo creo que es un absurdo y una trampa cuando quitan al doctor Dixon López”.Por qué lo quitan? Porque pedimos la exhumación de los cadáveres prueba contundente. Si ellos no dispararon por qué tienen miedo a que se haga?
Simoney Rodríguez: “Soy familiar de una de las víctimas. Quiero que se impugne esa autopsia que les hicieron porque mi sobrino presentó dos impactos de balas en la cara y en la autopsia dice que murió por sofocación. Quiero que la patóloga que firmó eso también sea imputada y acusada porque es falso lo que ella dijo ahí y sean responsables todos los que actuaron al margen de la Constitucion”.
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